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¿Tienes un emprendimiento nuevo? El ABC de los impuestos para las PYME en Chile

Escrito por Equipo AndesPOS | Mar 24, 2023 11:50:41 AM

Todo propietario de una pequeña empresa debe estar atento y planificar el pago de impuestos comerciales desde el primer día para garantizar la precisión y reducir el riesgo de sanciones fiscales en el futuro. 

No todas las empresas pagan los mismos impuestos. En esta guía proporcionaremos información útil para las PyME en Chile y sus obligaciones tributarias relacionadas con el registro, declaración y pago de impuestos.

Primeros trámites e inicio de actividades

Antes de adentrarnos en los impuestos, vamos a hablar del proceso de formalización de tu negocio, de forma que se ajuste a las normas vigentes, con sus derechos y responsabilidades tributarias. 

Un emprendimiento formal es aquel que declara y regulariza su operación ante los organismos pertinentes. Estos organismos incluyen el Registro de Empresas y Sociedades (RES), el Servicio de Impuestos Internos (SII), y la Municipalidad. Como en este artículo nos centramos en las obligaciones impositivas, vamos a detallar el primer paso ante el SII.

Iniciación de actividades en el SII

Una vez constituida la empresa ante el Registro de Empresas y Sociedades obtendrás tu RUT, una numeración única que la distinguirá como contribuyente.

El RUT es necesario para registrar tu empresa en el Servicio de Impuestos Internos (SII) y a continuación, hacer la declaración de inicio de actividades. Esta es una declaración jurada que debe presentarse ante el Servicio de Impuestos Internos al iniciar cualquier tipo de negocios o labores que generen ganancias alcanzadas por impuestos según la Ley de Impuesto a la Renta.  

Mediante esta declaración informa la fecha de inicio de actividades, las actividades que desarrollará y dónde lo hará, y el domicilio principal del contribuyente. Puedes realizar este trámite en la Web del SII, menú Servicios Online, opción RUT e Inicio de Actividades. Ten presente que es muy importante validar con el SII la verificación para las actividades económicas en el domicilio donde se realizará la misma.

Patente Municipal

En el caso de que la actividad comercial de tu PYME requiera un local fijo, será necesario un permiso otorgado por la municipalidad del lugar donde se instalará el negocio. 

El pago de la patente es anual, con opción de pago en dos cuotas semestrales. Los montos, cálculos y requisitos específicos varían según cada municipalidad. Los precios se encuentran aproximadamente entre el 2,5 por mil y el 5 por mil del capital del negocio declarado ante Impuestos Internos, con un mínimo de 1 UTM y un máximo de 8 mil UTM al año.

Impuestos anuales y mensuales

Una vez formalizada tu PYME ante los organismos correspondientes y presentada la Iniciación de actividades ante el Servicio de Impuestos Internos (SII), debes comenzar a declarar los impuestos correspondientes.

Es muy importante que establezcas un calendario anual de plazos fiscales para tu negocio. Así podrás mantenerte organizado y evitarás cometer errores en los plazos y tener que pagar multas por mora. 

Algunas declaraciones de impuestos se realizan de forma anual y otras mensualmente, como detallaremos a continuación.

Impuestos mensuales

Los impuestos a declarar mensualmente son: IVA (Formulario 29) y el Formulario 50 de impuestos específicos si corresponde.

Para declarar el F29 a través de Internet debes ingresar a la web del SII identificándote con tu RUT y Clave. Luego ingresar al menú de Impuestos Mensuales (F29 y F50), seleccionar la opción Declarar y Pagar (F29 y F50), o bien, Declarar F29 sin movimiento, si corresponde. También se puede hacer la declaración personalmente en las oficinas del SII. Para asegurarte de los plazos de vencimiento puedes consultar el calendario de IVA.

No todos los impuestos que se declaran en el Formulario 29 aplican a todas las empresas. El formulario se distribuye en secciones con cada uno de los impuestos que se deben informar, entre ellos: Créditos Fiscales, Ventas Exentas, Exportaciones, o Impuestos de Retención de Segunda Categoría como el Impuesto Único o el Pago Provisional Mensual (PPM). 

La primera sección, corresponde al Impuesto al Valor Agregado (IVA). Aquí se desglosan los débitos y créditos fiscales de este impuesto según el Decreto Ley 825. 

A través del Registro de Compra y Venta (RCV), un sistema elaborado por el SII, deberás ingresar toda la información faltante de documentos tributarios electrónicos de compras y ventas (Facturas, Notas de Crédito, Notas de Débito, etc), tanto los emitidos como los recibidos.

Para los documentos recibidos es importante recordar que sólo se considerarán dentro del RCV del mes aquellas facturas que fueron aprobadas dentro del mismo mes, ya que de lo contrario, si no se autorizan, quedarán con aprobación automática a los 8 días de haber sido recibida por el SII, lo cual podría quedar en pago de impuestos del mes siguiente.

Este sistema que recoge todas las operaciones realizadas permite un control centralizado de los ingresos, gastos y determinar el monto a pagar del Impuesto al Valor Agregado (IVA). 

La segunda sección corresponde a retenciones del Impuesto a la Renta y Pagos Provisionales Mensuales (PPM). El PPM es un abono mensual provisorio para cubrir los impuestos anuales a la renta y se calcula sobre las ventas o ingresos netos (sin IVA) de la empresa.

Deben declarar PPM:

  • Empresas que realizan actividades económicas en la Primera Categoría de la Ley sobre Impuesto a la Renta (Industria, comercio, agricultura, entre otros).
  • Empresas que entregan servicios en la Segunda Categoría, como los profesionales y todo trabajador que desarrolle una ocupación lucrativa en forma independiente.
  • Exportadores que están obligados a pagar PPM por sus ingresos exentos de IVA.
  • Vendedores o prestadores de servicios exentos del IVA, obligados a pagar PPM por sus ingresos.

El resto de las secciones que no detallaremos en este artículo corresponden a otros casos e impuestos específicos. Por ejemplo, en las secciones 4 y 5 se declaran los impuestos especiales a ciertos productos tales como artículos de oro, platino y marfil, joyas, piedras preciosas o bebidas alcohólicas.

Impuestos anuales

La Declaración de Renta es una obligación tributaria anual que debe ser presentada por empresas y personas, en abril de cada año, a través del Formulario 22, en donde deben ser declaradas las rentas o ingresos correspondientes al año anterior.

Como mencionamos antes, el contribuyente paga durante todo el año las provisiones mensuales (PPM). Al concluir el año comercial se realizará el cálculo del impuesto a la renta sobre los ingresos anuales del negocio. El contribuyente deberá entonces pagar al fisco si la suma de sus aportes mensuales no llegó a cubrir el total del impuesto a la renta anual, o, en cambio, obtendrá una devolución por la diferencia si pagó de más.

El plazo para presentar el Formulario 22 vence el 30 de abril de cada año, salvo las excepciones contenidas en el Artículo 69 de la Ley sobre el Impuesto a la Renta.

El cálculo del impuesto a la renta va a depender del régimen tributario al que esté inscripto. En Chile, actualmente, existen 5 tipos de regímenes tributarios que varían de acuerdo al tamaño de la empresa, su calidad jurídica y el tipo de contribuyente.

Entre las opciones de regímenes a los que te puedes inscribir hay dos especialmente desarrollados para PYMEs: el régimen ProPyme General y el régimen ProPyme transparente. Puedes informarte de los requisitos, características y beneficios de estos regímenes en la web del SII. Recuerda que si deseas modificar el régimen de tu PYME podrás hacerlo cada año desde el 01 de enero al 30 de abril. 

DTE  - Facturación electrónica 

Toda empresa debe emitir documentos tributarios para respaldar las diferentes operaciones que realiza al llevar a cabo sus actividades económicas. La factura electrónica es un documento digital legalmente válido que reemplaza a las facturas tradicionales de papel. El ser facturador electrónico habilita al contribuyente a emitir y recibir Documentos Tributarios Electrónicos (DTE) como por ejemplo: facturas de ventas afectas y/o exentas, notas de crédito, notas de débito, guías de despacho, boletas de ventas, entre otros.

Características:

  • Los Documentos Tributarios Electrónicos (DTE) van firmados digitalmente por el emisor.
  • La numeración o folio tributario de cada DTE es autorizado por el SII y el contribuyente puede descargarlos desde el sitio.
  • Pueden ser impresos en papel carta (impresión gráfica) o en rollo (impresión térmica), sin necesidad de tener un fondo impreso o timbrado.
  • Se puede consultar la validez del documento en la página web del SII.

Desde el 2018, y según lo establecido por la Ley N° 20.727 de 2014, todas las empresas del país deben emitir su documentación tributaria de manera electrónica. El uso de Facturas Electrónicas tiene importantes ventajas para las empresas. 

Como ya mencionamos antes, el sistema de registro de compra y venta del SII depende de la información que proporcionan los documentos tributarios electrónicos (DTEs), por lo tanto, facturar electrónicamente cumple un papel central a la hora de calcular el pago del IVA y centralizar la información de ingresos y gastos de tu empresa. 

Por otro lado, la facturación electrónica ha permitido automatizar el proceso de facturación, disminuyendo los tiempos de emisión, como también la recepción de documentos de proveedores, agilizando el pago de los mismos. Además ha permitido llevar el almacenamiento de los documentos tributarios a la nube.

Facilidades con AndesPOS

El servicio de AndesPOS te permite imprimir y emitir boletas, facturas y guías que cumplen con los requerimientos del SII. Además, el sistema de back office dispone de la información para que el usuario concilie diariamente las operaciones con el Registro de Documentos del SII, verificando que los documentos correspondientes a las transacciones diarias hayan sido correctamente emitidos y tramitados.

Con AndesPOS puedes realizar un seguimiento de tus ventas, manejar los pagos y producir informes para tomar decisiones informadas sobre tu emprendimiento. El servicio de AndesPOS se adapta a todo tipo de negocio, cualesquiera sean sus configuraciones operativas y tributarias.